A partir del 1 de octubre de 2.015, los menores de menos de 1,35 metros deberán sentarse en los asientos traseros del vehículo, utilizando un sistema de retención Infantil (SRI) Homologado.
Este cambio normativo está basado en estudios que demuestran la idoneidad de la colocación de la “sillita” en el asiento trasero.
Estudio realizado en EE.UU. con 5.751 menores de 15 años ocupantes de vehículos que habían sufrido un accidente grave de tráfico. El informe demuestra que el hecho de estar sentado en el asiento de atrás tuvo un efecto protector, respecto a lesión grave o muerte.
El estudio “Rear seat safer: seating position, restraint use and injuries in children in traffic crashes in Victoria, Australia” concluye que el riesgo de muerte en menores de 4 años que viajaban en un coche accidentado era el doble si lo hacían en el asiento de delante y 4 veces más si se trataba de menores de 1 año.
No solo el riesgo general de lesión es mayor en los asientos delanteros, sino también la gravedad de las lesiones como se analiza en un estudio realizado por la institución CIRE (Crash Injury Research Engineering Network).
Según aprobó el Real Decreto que modifica el artículo 117 del Reglamento General de Circulación se regula todo lo relativo al uso obligatorio de cinturones de seguridad y dispositivos de retención para niños en los vehículos.
Sólo podrán viajar los niños en el asiento del copiloto si el coche es biplaza o si los asientos traseros ya están ocupados por otros menores en sillitas.
La instalación de estos SRI debe realizarse conforme a las instrucciones y recomendaciones del fabricante, dependiendo del sistema de anclaje que se utilice y su homologación.